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Atención Al Cliente, Peticiones, Quejas Y Reclamos

Brindar atención personalizada a las peticiones, quejas y reclamos que presenten los usuarios y/o suscriptores ante los asesores comerciales de manera verbal y escrita en cumplimiento a Ley 142 de 1994 artículo 153 y ss., en concordancia con el Código Contencioso Administrativo.

Lo anterior, como consecuencia de cobro del periodo del mes de facturación correspondiente, por tanto puede conllevar a nueva verificación al inmueble del suscriptor y/o usuario, para establecer, la causa del reclamo, y determinar si es imputable al cliente o del operador, así mismo, canalizar peticiones que no sean reclamos de lecturas, por alta facturación, suspensiones o cortes.

Los reclamos de orden técnico, se deben recibir pero se deben reportar a reclamos técnicos, especificando la razón, causa, de conformidad al artículo 33 C.C.A. en concordancia con el artículo 158 de la ley 142 de 1994. Igualmente realizar todos los subprocesos que se derivan como son:

  • Reclamaciones Verbales
  • Reclamaciones Escritas
  • Visitas PQR.
  • Notificaciones
  • Abonos Ventanilla
  • Matriculas
  • Liquidaciones
  • Modificaciones
  • Oficios Iguales



Demostración